{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "199" 
  ,"anioNorma" : 2005 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA DE LA REGLAMENTACION DEL IVA AL TRANSPORTE TERRESTRE DE PASAJEROS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2005/07/01/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/06/2005" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/07/2005" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2005 
  ,"pagina" : 1041 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/199-2005?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: el artículo 2° del Decreto N° 405/003, de 2 de octubre de 2003, y\r\nlos Decretos Nros. 106/004, de 24 de marzo de 2004 y 427/004, de 1° de\r\ndiciembre de 2004.\r\n\r\nRESULTANDO: que las normas referidas disponen un régimen transitorio para\r\nla determinación del crédito a que refiere el inciso segundo del artículo\r\n1° de la Ley N° 17.651, de 4 de junio de 2003, vigente hasta el 30 de\r\njunio de 2004.\r\n\r\nCONSIDERANDO: necesario establecer una nueva prórroga del referido\r\nrégimen, en virtud de que el régimen especial de liquidación del Impuesto\r\nal Valor Agregado correspondiente al transporte de pasajeros, será\r\nmateria de estudio en el marco de la reforma del sistema tributario.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2005/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Prorrógase hasta el 31 de diciembre de 2005 el régimen de determinación\r\ndel crédito a que refiere el artículo 2° del Decreto N° 405/003, de 2 de\r\noctubre de 2003.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/199-2005/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.-\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - DANILO ASTORI\r\n " 
 }