REGULACION DEL IMPUESTO DE CONTRIBUCION AL FINANCIAMIENTO DE LA SEGURIDAD SOCIAL




Promulgación: 31/05/2001
Publicación: 05/06/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1524
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.345 de 31/05/2001.

Artículo 7

 Importaciones.- Quienes realicen importaciones gravadas deberán pagar el 
impuesto correspondiente previo al despacho del bien.-
El impuesto se liquidará aplicando la tasa vigente sobre la suma del 
valor en aduana más el arancel, incrementada en un 21,75% (veintiuno con 
setenta y cinco por ciento).-
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