EMISION BONOS DEL TESORO. 49ª SERIE




Promulgación: 11/06/1997
Publicación: 24/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1496

Artículo 7

   En las emisiones por colocación directa se autoriza al Banco Central
del Uruguay a fijar y pagar una comisión de colocación de hasta el 1% (uno
por ciento) sobre el valor nominal de los Bonos y a establecer la fecha en
que estos Bonos podrán cotizarse en las Bolsas de Valores.
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