REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.946. INTEGRACION Y DETERMINACION DE COMETIDOS DE LA FEDERACION NACIONAL DE COROS ORIENTALES. REGULACION DE LA ACTIVIDAD CORAL
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.946 de 25/10/1979.
Artículo 10
Compete a los Directores Regionales: a) cumplir y hacer cumplir las
disposiciones de este Reglamento; b) supervisar regularmente el
rendimiento técnico-docente y la asiduidad de los Preparadores Zonales,
c) atender directamente el número de coros que se les asigne anualmente
conforme a las necesidades de la Región y dirigir las concentraciones
parciales o totales de su Región, con excepción del Festival anual en la
que tendrá a su cargo la parte que se lo asigne.