REGLAMENTACION DEL DECRETO LEY 14.946. INTEGRACION Y DETERMINACION DE COMETIDOS DE LA FEDERACION NACIONAL DE COROS ORIENTALES. REGULACION DE LA ACTIVIDAD CORAL
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 14.946 de 25/10/1979.
Visto: lo dispuesto por el decreto ley 14.946, de 25 de octubre de
1979.
Resultando: la necesidad de reglamentar la norma citada organizando
una estructura de funcionamiento que tienda a asegurar el desarrollo
permanente de la actividad coral en el país.
Considerando: que la experiencia nacional en la materia aconseja
mantener el protagonísmo del Ministerio de Educación y Cultura como
impulso necesario para el fortalecimiento de la actividad coral.
Atento: a lo precedentemente expuesto,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
La Federación Nacional de Coros se integrará con un representante del
Ministerio de Educación y Cultura, que la presidirá, el Director Nacional
de Coros y un delegado de cada una de las Federaciones Regionales de
Coros, delegados que se desempeñarán en forma honoraria.