DEJASE SIN EFECTO EL CIERRE PREVENTIVO Y PROVISORIO DE LOS CENTROS TURISTICOS TERMALES PUBLICOS Y PRIVADOS




Promulgación: 15/07/2020
Publicación: 21/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 93/020 de 13 de marzo de 2020;

   RESULTANDO: que por el mismo se declaró el estado de emergencia nacional sanitaria como consecuencia de la pandemia originada por el COVID-19 y entre otras medidas se dispuso el cierre preventivo y provisorio de los centros turísticos termales públicos y privados;

   CONSIDERANDO: I) que se estima conveniente adecuar las medidas implementadas a la evolución de la pandemia que motivó la declaración de emergencia sanitaria nacional;

   II) que en ese sentido se entiende oportuno dejar sin efecto el cierre de los referidos centros turísticos;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 44 de la Constitución de la República, la Ley N° 9.202 de 12 de enero de 1934, demás normas concordantes y aplicables en la materia;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dejar sin efecto el cierre preventivo y provisorio de los centros turísticos termales públicos y privados dispuesto por el artículo 4 del Decreto N° 93/020, de 13 de marzo de 2020.

Artículo 2

   Comuníquese, etc.

   LACALLE POU LUIS - JORGE LARRAÑAGA - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - LUIS ALBERTO HEBER - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA - PABLO BARTOL
Ayuda