Serán de cargo del Ministerio de Transporte y Obras Públicas reponer los
bienes a su estado anterior y efectuar los trabajos de corte de
pavimento, apertura y relleno posterior de zanjas necesarios para el
traslado de las instalaciones a su nueva ubicación. Serán de cargo del
Organismo propietario de las instalaciones los gastos derivados de su
remoción y recolocación, no comprendidos en los que se ponen de cargo del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas. El cambio o sustitución de
instalaciones o equipos deberá realizarse de común acuerdo entre las
partes, teniendo especialmente en cuenta que toda mejora que ello
implique será de cargo del Organismo propietario de las mismas.