MODIFICACION DE TARIFAS DE SERVICIOS PRESTADOS POR LA OFICINA DE CONTRALOR TECNICO Y DE PROMOCION HORTO-FRUTICOLA (COTEPRO)




Promulgación: 08/04/1976
Publicación: 26/04/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1976
  •    Página: 851
Referencias a toda la norma

Artículo 6

  Las sumas recaudadas por concepto de habilitaciones de la oficina de
COTEPRO serán depositadas en cuenta a abrir en el Banco de la República
denominada "Ministerio de Agricultura y Pesca - Fondos de terceros -
COTEPRO", cuya administración estará a cargo de la Intervención de la
Comisión Honoraria del Plan de Promoción Granjera.

  Dichas disponibilidades estarán afectadas en un 30% para atender gastos
generales de oficina y el 70% restante para el pago de las horas extras
que realice el personal.

  Mensualmente, la Intervención de la Comisión Honoraria del Plan de
Promoción Granjera elevará al Ministerio de Agricultura y Pesca una
relación de las habilitaciones realizadas, así como la discriminación de
los ingresos y egresos de la respectiva cuenta corriente.
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