INCORPORACION DE LA RES. GMC 83/996. REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR DE IDENTIDAD Y CALIDAD DEL QUESO PRATO




Promulgación: 31/05/2011
Publicación: 17/06/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 1074
Derogada/o por: Decreto Nº 96/024 de 04/04/2024 artículo 3.
VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto del
Poder Ejecutivo N° 315/994 de 5 de julio de 1994;

RESULTANDO: I) que por la Resolución N° 83/996 del Grupo Mercado Común del
MERCOSUR, se aprobó el "Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad
del Queso Prato";

II) que se ha solicitado la modificación del citado Reglamento
Bromatológico, mediante la internalización de la referida Resolución del
Grupo Mercado Común del MERCOSUR;

CONSIDERANDO: I) que es necesaria la actualización de la reglamentación
sobre la Identidad y Calidad del Queso Prato;

II) que de acuerdo a lo establecido en el Artículo 38° del Protocolo
Adicional al Tratado de Asunción, sobre la Estructura Institucional del
MERCOSUR - Protocolo de Ouro Preto - aprobado por la Ley N° 16.712 de 1°
de setiembre de 1995, los Estados Parte se comprometen a adoptar todas las
medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios el
cumplimiento de las normas emanadas de los órganos correspondientes
previstos en el Artículo 2° del citado Protocolo;

III) que corresponde proceder de acuerdo al compromiso asumido por la
República en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el derecho
positivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común referidas en
el Resultando I);

IV) que dicha actualización contribuye a permitir un mayor y más fluido
relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que beneficia el
comercio exterior de nuestro País;

V) que la modificación proyectada, elevada por la División Norma se
Investigación del Ministerio de Salud Pública, cuenta con el aval de la
Dirección General de la Salud de dicha Secretaría de Estado;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°
9.202 - Orgánica de Salud Pública-, de 12 de enero de 1934;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional (Reglamento Técnico MERCOSUR de 
Identidad y Calidad del Queso Prato).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 196/011 de 31/05/2011 artículo 1.

Artículo 2

   (*)

(*)Notas:
Ver: Texto (Reglamento Técnico MERCOSUR de Identidad y Calidad del Queso 
Prato).

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 196/011 de 31/05/2011 artículo 2.

Artículo 3

   (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 196/011 de 31/05/2011 artículo 3.

JOSÉ MUJICA - DANIEL OLESKER - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN - TABARÉ AGUERRE
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