ADMISION TEMPORARIA. REPRESENTACION DIPLOMATICA ARGENTINA




Promulgación: 07/03/1968
Publicación: 12/03/1968

Resumen:

Establécese un régimen de facilidades recíprocas de admisión temporaria,
sin necesidad de visación, para los ciudadanos de la República Argentina, titulares de pasaportes válidos diplomáticos, de servicio o especiales fijado por Decreto de fecha 5 de noviembre de 1959.


		
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