INCREMENTO DE LAS ASIGNACIONES DE JUBILACIONES Y PENSIONES. ABRIL 1990




Promulgación: 26/04/1990
Publicación: 05/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 425

Artículo 3

    El aumento dispuesto en el artículo 1 se liquidará hasta el valor
equivalente a 15 Salarios Mínimos Nacionales (N$ 1:110.000),
considerándose a los efectos de ese tope la suma de las pasividades
servidas por el Banco de Previsión Social y los retiros y pensiones a
cargo de otros organismos estatales.
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