MODIFICACION DEL ART. 18 DEL DECRETO 150/007, RELATIVO A LA REGLAMENTACION DEL IRAE




Promulgación: 23/06/2021
Publicación: 28/06/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el régimen vigente en materia de determinación del valor llave en los procesos de reestructuras societarias dispuesto por el artículo 18 ter del Decreto N° 150/007, de 26 de abril de 2007;

   RESULTANDO: que dentro de las condiciones establecidas en dicha norma, se establece que se haya incluido en la declaración jurada presentada ante el Banco Central del Uruguay la información relativa a la totalidad de la cadena de propiedad, identificando a todos los propietarios finales;

   CONSIDERANDO: que es conveniente disponer de un registro de propietarios finales específico para este régimen;

   ATENTO: a lo expuesto;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 150/007 de 26/04/2007 
artículo 18 - TER literal b).

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE
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