{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "193" 
  ,"anioNorma" : 2026 
  ,"nombreNorma" : "INCORPORACION A LOS PROGRAMAS INTEGRALES DE ATENCION EN SALUD, (ANEXO II DEL DECRETO 465/008) - CATALOGO DE PRESTACIONES DE COBERTURA OBLIGATORIA), LAS PRESTACIONES VINCULADAS AL PROCEDIMIENTO REGULADO POR LA LEY 20.431" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2026/08/20/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/08/2026" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/08/2026" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Ley N° 20.431, de 24 de octubre de 2025 y el Decreto N° 76/026, de 15 de abril de 2026;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que la referida norma regula y garantiza el derecho de las personas a transcurrir dignamente el proceso de morir;\r\n\r\n   II) que el artículo 6 de la Ley N° 20.431, previamente citada, establece que todos los prestadores integrales que forman parte del Sistema Nacional Integrado de Salud, incluidos los servicios de Sanidad Policial y Sanidad Militar, y el Hospital de Clínicas de la Universidad de la República, deberán poner a disposición de sus usuarios los servicios necesarios para el ejercicio del derecho regulado por dicha norma;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que corresponde incluir en el Catálogo de Prestaciones de cobertura obligatoria previsto en el Anexo II del Decreto N° 465/008, de 3 de octubre de 2008, las prestaciones derivadas del procedimiento regulado por la Ley N° 20.431, de 24 de octubre de 2025 y su reglamentación;\r\n\r\n   II) que la Junta Nacional de Salud procedió a dar cumplimiento al procedimiento dispuesto en el Anexo IV del Contrato de Gestión suscripto con los prestadores de salud, aprobado por Decreto N° 81/012, de 13 de marzo de 2012;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley Orgánica del Ministerio de Salud Pública, Ley N° 9.202, de 12 de enero de 1934, los artículos 4, 5 y 45 de la Ley N° 18.211, de 5 de diciembre de 2007, la Ley N° 20.431, de 24 de octubre de 2025, el Decreto N° 465/008, de 3 de octubre de 2008, el Decreto N° 289/009, de 15 de junio de 2009 y el Decreto N° 76/026 de 15 de abril de 2026;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/193-2026/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Inclúyense en el Anexo II del Decreto N° 465/008, de 3 de octubre de 2008 (Catálogo de Prestaciones de cobertura obligatoria), las prestaciones vinculadas al procedimiento regulado por la Ley N° 20.431, de 24 de octubre de 2025 y su reglamentación.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/193-2026/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Lo dispuesto en el presente Decreto no dará lugar a incrementos de las cápitas mensuales que reciben los prestadores integrales por sus afiliados beneficiarios del Seguro Nacional de Salud.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/193-2026/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    YAMANDÚ ORSI - CARLOS NEGRO - MARIO LUBETKIN - GABRIEL ODDONE - SANDRA LAZO - JOSÉ CARLOS MAHÍA - LUCÍA ETCHEVERRY - FERNANDA CARDONA - JUAN CASTILLO - CRISTINA LUSTEMBERG - ALFREDO FRATTI - PABLO MENONI - TAMARA PASEYRO - GONZALO CIVILA - EDGARDO ORTUÑO " 
 }