MODIFICACION DEL ART. 10 DEL DECRETO 200/018, RELATIVO A LA FORMA DE DETERMINAR EL CREDITO FISCAL POR EL ARRENDAMIENTO DE TERMINALES DE PROCESAMIENTO ELECTRONICO DE PAGOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: el artículo 10 del Decreto N° 200/018, de 2 de julio de 2018, en la redacción dada por el artículo 1° del Decreto N° 206/022, de 29 de junio de 2022;
RESULTANDO: que dicho artículo establece la forma de determinar el crédito fiscal por el arrendamiento de terminales de procesamiento electrónico de pagos a que refieren los artículos 12 y 13 del Decreto N° 288/012, de 29 de agosto de 2012;
CONSIDERANDO: que se entiende conveniente extender nuevamente por 2 (dos) años el cronograma definido para los contribuyentes de reducida dimensión económica;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 200/018 de 02/07/2018
artículo 10 inciso 2º).