FIJACION DE LAS TARIFAS DE GAS NATURAL. CONECTA S.A. JUNIO 2018




Promulgación: 25/06/2018
Publicación: 05/07/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
   VISTO: la necesidad de aprobar el Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural correspondiente al servicio de distribución del sur del país, con excepción de Montevideo, y de la ciudad de Paysandú, de la firma CONECTA S.A., a regir a partir del 1° de junio de 2018, según planillas anexas.

   RESULTANDO: I) que por los decretos N° 271/017 del 25 de setiembre del 2017 y N° 384/017 del 28 de diciembre del 2017, se aprobaron los ajustes de tarifas de gas natural de CONECTA S.A a regir a partir de las fechas 1° de setiembre del 2017 y 1° de enero del 2018, de acuerdo a la nueva situación de adquisición de gas natural por parte de nuestro país proveniente de Argentina.

   II) que existe un criterio consensuado entre la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería, y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, en virtud del cual se habilita la realización de ajustes extraordinarios de tarifas originados por cambios en los indicadores utilizados para el cálculo tarifario que provoquen un impacto de +/- 5% en el cargo variable de la tarifa residencial;

   III) que los precios son los que derivan de las variaciones en los componentes de costos operados siguiendo los mismos criterios que los que se adoptaron para los cálculos de las tarifas aprobadas por los decretos referidos precedentemente.

   CONSIDERANDO: I) que se ha producido una modificación en las proyecciones de los indicadores cuyo impacto en el costo variable de la tarifa residencial supera el 5%;

   II) que las actualizaciones tarifarias fueron analizadas por la Dirección Nacional de Energía del Ministerio de Industria, Energía y Minería y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua;

   ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el artículo 51 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste extraordinario en sus tarifas que regirá a partir del 1° de junio de 2018, por el servicio de suministro de gas natural en el sur del país, con excepción de Montevideo, y en la ciudad de Paysandú conforme a los Cuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II  que forman parte del presente decreto;

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 193/018 de 
25/06/2018.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - CAROLINA COSSE - DANILO ASTORI
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