CREACION DE UNA COMISION CON EL OBJETIVO DE FACILITAR LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA NACIONAL DE DATOS PARA LA GESTION AMBIENTAL (INDAGEA)




Promulgación: 17/07/2017
Publicación: 26/07/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la necesidad de optimizar la información existente para la gestión ambiental a nivel nacional, con un enfoque transversal propio de la actividad institucional en la materia;

   RESULTANDO: I) que por Ley 19.147 de 18 de octubre de 2013 se creó el Observatorio Ambiental Nacional (OAN) con el cometido de centralizar y actualizar la información nacional del estado del ambiente con la finalidad de elaborar los indicadores e índices nacionales;

   II) que el artículo 33 de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015 reglamentada por el Decreto del Poder Ejecutivo 172/016 de 20 de junio de 2016 se creó la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático con el cometido de articular y coordinar con las instituciones y organizaciones públicas y privadas, la ejecución de las políticas públicas relativas a la materia de medio ambiente, agua y cambio climático;

   III) que conforme a lo dispuesto por el artículo 157 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, las entidades públicas, estatales o no, deben adoptar las medidas necesarias e incorporar en sus respectivos ámbitos de actividad las tecnologías requeridas para promover el intercambio de información pública o privada autorizada por su titular, disponible en medios electrónicos;

   CONSIDERANDO: que al efecto de cumplir con la normativa vigente se creará una Comisión de conformación interinstitucional cuyo objetivo será optimizar la recolección, análisis e intercambio de la información existente para la gestión ambiental nacional, y que estará integrada por los organismos con competencia en la materia y aquellos especializados en aspectos técnicos vinculados a la temática;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en la Ley 19.147 de 18 de octubre de 2013, artículo 33 de la Ley 19.355 de 19 de diciembre de 2015, el artículo 157 a 160 de la Ley N° 18.719, de 27 de diciembre de 2010, Decreto 178/013 de 11 de junio de 2013, y Decreto del Poder Ejecutivo 172/016 de 6 de junio de 2016;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Créase una Comisión integrada por un representante de la Secretaría Nacional de Ambiente, Agua y Cambio Climático que la coordinará, un representante del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, un representante del Ministerio de Industria, Energía y Minería, un representante del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, un representante del Ministerio de Defensa Nacional, un representante del Ministerio de Salud Pública, un representante de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, un representante del Instituto Nacional de Meteorología, un representante de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento, y un representante de la Infraestructura de Datos Espaciales.

   TABARÉ VÁZQUEZ - ENEIDA de LEÓN - JORGE MENÉNDEZ - CAROLINA COSSE - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE
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