VISTO: estos antecedentes relacionados con el Decreto aprobado con fecha 9
de junio de 2014.
RESULTANDO: I) Que por dicho acto administrativo se aprobó el "Reglamento
para la colocación de publicidad visible desde Caminos Nacionales",
propuesto por el Ministerio de Transporte y Obras Públicas.
II) Que a instancia de la citada Secretaría de Estado se propone excluir
en el Artículo 13° del citado Decreto el literal c), referido al número de
padrón y sección judicial del inmueble donde se colocará el aviso y la
identificación de sus propietarios.
CONSIDERANDO: que corresponde, por lo antes expresado, modificar el
aludido Artículo.
ATENTO: a lo expuesto.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Modifícase el Artículo 13° del Decreto aprobado con fecha 9 de junio de
2014, por el cual se aprobó el "Reglamento para la colocación de
publicidad visible desde Caminos Nacionales", propuesto por el Ministerio
de Transporte y Obras Públicas, el que quedará redactado de la siguiente
manera: (*)
(*)Notas:
Ver:Texto.
Ver en esta norma, artículo:2 (vigencia).