REGLAMENTACION DEL ART. 43 DE LA LEY 18.362, RELATIVO A LA CREACION DEL PROGRAMA DE CONTRATACION PUBLICA PARA EL DESARROLLO




Promulgación: 28/06/2019
Publicación: 08/07/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.362 de 06/10/2008 artículo 43.

SECCIÓN II - DISPOSICIONES DE ALCANCE GENERAL

Artículo 6

   En las contrataciones y adquisiciones en las que se aplique el Subprograma de DCTI, en cualquiera de sus modalidades, serán sujetos de los beneficios detallados en la sección III, los siguientes:
   -    Empresas de bienes, servicios u obras radicadas en el país.
   -    Instituciones académicas o institutos de investigación radicados
        en el país.
   -    Entidad empresarial, académica o de investigación radicada en el
        país asociada a empresas, instituciones académicas o institutos
        de investigación, radicados en el extranjero.

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 9.
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