PRESTACION MENSUAL DE DINERO POR CONCEPTO DE AYUDA ALIMENTARIA A LOS BENEFICIARIOS DE PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS POR VEJEZ O INVALIDEZ




Promulgación: 08/06/2012
Publicación: 18/06/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2012
  •    Página: 1297

Artículo 6

 Al momento de vigencia del presente Decreto, el Instituto Nacional de
Alimentación traspondrá a un objeto específico qué a esos efectos
habilitará la Contaduría General de la Nación, los créditos presupuestales
necesarios para atender las erogaciones correspondientes al ejercicio y
permanente.
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