DISPONESE QUE TODOS LOS ORGANISMOS PUBLICOS DEL ESTADO DEBERAN DAR AMPLIA PUBLICIDAD RESPECTO DE SUS ADQUISICIONES DE BIENES Y CONTRATACIONES




Promulgación: 28/05/2007
Publicación: 04/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1102
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 163.
Referencias a toda la norma
VISTO: lo dispuesto por los artículos 5º de la Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 y 163 de la Ley Nº 17.556 de 18 de setiembre de 2002; 

RESULTANDO: I) que por dichas normas todos los organismos públicos deberán dar amplia publicidad respecto de sus adquisiciones de bienes y contrataciones;

II) que en cumplimiento del cometido establecido en el artículo 5º del Decreto 393/004 de 3 de noviembre de 2004 la Junta Asesora en Materia Económica Financiera advirtió que sólo están cumpliendo en forma cabal dichas obligaciones legales los organismos dependientes de la Administración Central; 

CONSIDERANDO: I) que el ámbito de aplicación del artículo 163 de la Ley 17.556 citado, comprende a todos los organismos del Estado, no sólo a los de la Administración Central; 

II) que dicha norma legal estableció que el Poder Ejecutivo por reglamentación determinaría la forma y condiciones, así como el medio electrónico para remitir la citada información;

ATENTO: a lo precedentemente expuesto; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Todos los organismos públicos referidos en el artículo 2º del "TOCAF 
1996", deberán dar publicidad al acto de adjudicación de las licitaciones
públicas y abreviadas, las contrataciones en régimen de excepción, las 
ampliaciones de las mismas y los actos de reiteración del gasto por 
observación del Tribunal de Cuentas. Dichos organismos enviarán al sitio 
web www.compraestatales.gub.uy (*), la referida información y contarán para ello con un plazo de 10 días hábiles luego de producido el acto que se informa.

(*)Notas:
Ver: Decreto Nº 206/007 de 11/06/2007 artículo 1 (establece que donde 
dice: "www.compraestatales.gub.uy", debe decir: 
"www.comprasestatales.gub.uy").

Artículo 2

 Comuníquese, etc.-

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA 
BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - JORGE BRUNI -
MARIA JULIA MUÑOZ - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA - MARINA ARISMENDI
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