{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "19" 
  ,"anioNorma" : 2014 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DEL ART. 119 DE LA LEY 19.149 RELATIVO A LOS ASCENSOS DE\r\nFUNCIONARIOS POLICIALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2014/02/10/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "29/01/2014" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/02/2014" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2014 
  ,"pagina" : 72 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 19.149 de 24/10/2013 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19149-2013/119\" >119</a> <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/fd.gif\" style=\"border:0;float:none;margin:0;\" ALT=\"Derogada/o\" TITLE=\"Derogada/o\">.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: El artículo 119 de la Ley 19.149 de 24 de octubre de 2013.\r\n\r\nRESULTANDO: Que la referida norma faculta al Poder Ejecutivo, para los\r\nascensos a producirse a partir el 1° de febrero de 2014, a efectuar\r\npromociones al grado inmediato superior en la categoría Oficial Superior\r\ndel Escalafón \"L\" (Policial), en determinadas condiciones.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) Que es necesario reglamentar la forma de conferir dichos\r\nascensos, estimándose adecuado utilizar para ello el sistema previsto en\r\nel artículo 149 de la Ley 18.172 de 31 de agosto de 2007 y el artículo 2°\r\nde la Ley 18.691 de 1° de octubre de 2010, reglamentado por el Decreto\r\n58/011 de 8 de febrero de 2011.\r\n\r\nII) Que en consecuencia, para las promociones a los grados de Inspector\r\nGeneral, Inspector Principal e Inspector Mayor que se confieran en\r\nejercicio de la facultad otorgada por la ley, se utilizará el sistema\r\nmencionado precedentemente.\r\n\r\nATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en el numeral 4° del artículo 168\r\nde la Constitución de la República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-2014/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Una vez que se hayan efectuado los ascensos a Inspector General,\r\nInspector Principal e Inspector Mayor del Escalafón \"L\" Policial con fecha\r\n1° de febrero de cada año, entre quienes reúnan todos los requisitos\r\nexigidos por el artículo 50 de la Ley Orgánica Policial, las vacantes que\r\nresten se cubrirán según el orden de prelación establecido en el artículo\r\n119 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y en la siguiente\r\nproporción: 50% (cincuenta por ciento) por Concurso, el que se realizará\r\nconforme con las normas reglamentarias vigentes para este procedimiento en\r\nlas hipótesis normales de ascenso a esos grados, y el 50% (cincuenta por\r\nciento) restante por Selección.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-2014/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " DANILO ASTORI - EDUARDO BONOMI\r\n " 
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