{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "19" 
  ,"anioNorma" : 1999 
  ,"nombreNorma" : "REQUISITOS PARA ACCEDER A CARGOS DEPENDIENTES DIRECTAMENTE DEL DIRECTOR DE UNIDAD EJECUTORA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1999/01/28/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "21/01/1999" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/01/1999" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1999 
  ,"pagina" : 135 
  } 
  ,"vistos" : "  VISTO: el Plan de Capacitación de Funcionarios de la Administración\r\nPública, aprobado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado\r\n(CEPRE);\r\n\r\n RESULTANDO I) que el Proyecto de Reforma del Estado establece como\r\nobjetivo fundamental el aumento de la eficiencia y eficacia del Estado en\r\nel cumplimiento de sus cometidos sustantivos;\r\n\r\n II) que uno de los elementos principales del proceso de reforma es la\r\ndefinición de nuevas estructuras organizativas en la Administración,\r\ncentradas en los resultados de gestión, la mejora de la calidad de los\r\nservicios y el incremento de la productividad;\r\n\r\n III) que en dicho contexto, la política de gestión de los recursos\r\nhumanos es considerada un instrumento estratégico, en cuyo marco el Plan\r\nde Capacitación de Funcionarios de la Administración Pública aparece como\r\ncomplemento de los nuevos sistemas de evaluación del desempeño y ascensos,\r\ncontribuyendo a la profesionalización, especialización y jerarquización de\r\nla función pública;\r\n\r\n IV) que el referido Plan de Capacitación incluye los siguientes cursos:\r\nBásico de Formación Gerencial, Desarrollo Gerencial, Gestión de Recursos\r\nHumanos, Adquisiciones y Contrataciones Estatales, Administración\r\nFinanciera del Estado, Diseño y Gestión de Políticas, Programas y\r\nProyectos Sociales, además de los que integran los Planes de Capacitación\r\nEspecífica de cada Inciso y Unidad Ejecutora;\r\n\r\n CONSIDERANDO: I) que el artículo 3º del Decreto 302/996 de 31 de julio de\r\n1996 comete a cada Unidad Ejecutora el establecimiento de los requisitos\r\nnecesarios para el desempeño de los cargos, con anterioridad al llamado a\r\nconcurso para el ascenso;\r\n\r\n II) que sin perjuicio de ello, resulta necesario establecer los criterios\r\nde carácter general que definirán la capacitación necesaria para el\r\ndesempeño de los cargos y funciones contratadas de nivel gerencial y\r\nejecutivo, y puestos técnicos o de asesoramiento inmediatamente\r\ndependientes del Director de Unidad Ejecutora, de los escalafones A y B;\r\n\r\n ATENTO: a lo expuesto y a lo dispuesto en las normas de Reforma del\r\nEstado contenidas en la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996;\r\n\r\n                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n                    actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1999/1" 
 ,"textoArticulo" : " Para poder acceder a los cargos o funciones contratadas de nivel gerencial\r\ny ejecutivo (Directores de División y de Departamento) y técnicos o de\r\nasesoramiento inmediatamente dependientes del Director de Unidad\r\nEjecutora, pertenecientes a los escalafones A y B, a partir del 1º de\r\njunio de 1999 será necesario haber cumplido satisfactoriamente los cursos\r\nque integran el Plan de Capacitación de Funcionarios de la Administración\r\nPública, aprobado por el Comité Ejecutivo para la Reforma del Estado, o\r\nacreditar en forma fehaciente, poseer un nivel de conocimiento equivalente\r\no superior, con anterioridad a la designación.\r\n La realización de dichos cursos se hará asimismo extensiva a los\r\nfuncionarios que actualmente desempeñan los cargos o funciones mencionados\r\ny será considerada en la evaluación de su desempeño.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1999/2" 
 ,"textoArticulo" : " De conformidad con el artículo 3º del Decreto Nº 302/996 de 31 de julio de\r\n1996 el Jerarca de cada Unidad Ejecutora determinará qué cursos dentro del\r\nPlan serán requeridos para el desempeño de cada cargo o función,\r\nestableciéndolo en el llamado respectivo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1999/3" 
 ,"textoArticulo" : " Los participantes de los cursos estarán exonerados, durante la duración\r\ndel mismo, de prestar servicios en sus organismos respectivos.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1999/4" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - LUIS MOSCA - JUAN LUIS\r\nSTORACE - YAMANDU FAU - LUCIO CACERES - JULIO HERRERA - ANA LIA PIÑEYRUA -\r\nRAUL BUSTOS - SERGIO CHIESA - BENITO STERN - JUAN CHIRUCHI\r\n " 
 }