Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 6
Durante el período comprendido entre el 1º de octubre de 1987 y el 31 de enero de 1988, ningún otro aumento de salarios podrá ser trasladado a los precios de los bienes, servicios o mercaderías de las empresas que integran este subgrupo salarial