{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "19" 
  ,"anioNorma" : 1985 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE UR, URA, IPC, CRA. DICIEMBRE 1984. ENERO 1985" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1985/04/11/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/01/1985" 
  ,"fechaPublicacion" : "11/04/1985" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1985 
  ,"pagina" : 60 
  } 
  ,"vistos" : "  Visto: el sistema de actualización de los precios de los arrendamientos\r\nprevistos por la ley 14.219 de 4 de julio de 1974.\r\n\r\n Resultando I) Que el artículo 14 de la citada ley 14.219 según redacción\r\ndada por el artículo 1º, de la ley 15.154 del 14 de julio de 1981,\r\ndispone que a los efectos de dicha ley se aplicará:\r\n\r\n a) la Unidad Reajustable (U.R.) prevista en el artículo 38 inciso 2º, de\r\nla ley 13.728 de 17 de diciembre de 1968;\r\n b) la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) definida en el propio texto\r\nlegal modificativo y;\r\n c) índice de los precios del Consumo elaborado por la Dirección General\r\nde Estadística y Censos;\r\n\r\n II) Que el artículo 15 de la ley 14.219 según redacción dada por el\r\nartículo 1º, de la ley 15.154, dispone que el coeficiente de reajuste por\r\nel que se multiplicarán los precios de los arrendamientos para los\r\nperíodos de doce meses anteriores al vencimiento del plazo contractual o\r\nlegal correspondiente, será el que corresponda a la variación menor\r\nproducida en el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) o el\r\nIndice de los Precios del Consumo en el referido término;\r\n\r\n III) Que el artículo 15 precedentemente referido, dispone que el valor\r\nde la Unidad Reajustable (U.R.), de la Unidad Reajustable Alquileres\r\n(U.R.A.) y del Indice de los Precios del Consumo serán publicados por el\r\nPoder Ejecutivo en el \"Diario Oficial\" conjuntamente con el coeficiente de\r\nreajuste a aplicar sobre los precios de los arrendamientos.\r\n\r\n Atento: a los informes remitidos por el Banco Hipotecario del Uruguay,\r\nsobre la variación del Indice Medio de Salarios, y por la Dirección\r\nGeneral de Estadística y Censos sobre el Indice de los Precios del\r\nConsumo y a lo dictaminado por las Asesorías Económico-Financiera,\r\nJurídica, en Política de Vivienda y Arrendamientos y la División Técnico\r\nFinanciera del Ministerio de Economía y Finanzas y la Contaduría General\r\nde la Nación,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Fíjase el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) correspondiente al mes\r\nde diciembre de 1984, a utilizar a los efectos de lo dispuesto por la ley\r\n14.219 de 4 de julio de 1974 y sus modificativos en N$ 269,19 (nuevos\r\npesos doscientos sesenta y nueve con 19/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente\r\nestablecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,\r\nfíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de\r\ndiciembre de 1984 en N$ 264,09 (nuevos pesos doscientos sesenta y cuatro\r\ncon 09/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/2?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/3" 
 ,"textoArticulo" : "   El número índice correspondiente al Indice de los Precios del Consumo\r\nasciende, en el mes de diciembre de 1984, a 16.173,28 (dieciséis mil\r\nciento sesenta y tres con 28/100).\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/3?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/4" 
 ,"textoArticulo" : "   De conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la ley 14.219,\r\nsegún redacción dada por el artículo 1º de la ley 15.154, la determinación\r\nde los alquileres que se actualizan en el mes de enero de 1985 se\r\nefectuará multiplicando el último alquiler por el coeficiente 1.4502.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/4?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/19-1985/5" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS\r\n " 
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