{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "189" 
  ,"anioNorma" : 2022 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE LA RESOLUCION GMC N° 01/21, POR EL CUAL SE SUSTITUYE EL TEXTO ANEXO I \"NOMINA DE ORGANISMOS COORDINADORES DE LOS ESTADOS PARTES\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2022/06/13/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/06/2022" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/06/2022" 
  ,"vistos" : "    VISTO: las actuaciones por las cuales el Ministerio de Defensa Nacional, Dirección Nacional de Pasos de Frontera solicita se declare aplicable al Derecho Interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, la Resolución MERCOSUR/GMC/RES. N° 01/21, de 26 de julio de 2021, por la cual se resolvió sustituir el texto del Anexo I \"Nomina de Organismos Coordinadores de los Estados Partes\" de la Resolución GMC Nro. 20/09\", incorporada en nuestro ordenamiento interno por el Decreto N° 363/012, de 13 noviembre de 2012;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que conforme a lo dispuesto por el artículo 122 de la Ley N° 16.736, de 5 de enero de 1996, está a cargo de la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, la coordinación administrativa de los diferentes Organismos que funcionan en las Áreas de Control Integrado del Mercado Común del Sur (MERCOSUR);\r\n\r\n   II) que por la Resolución del Mercosur citada en el VISTO, se sustituye el texto del Anexo I-\"Nomina de Organismos Coordinadores de los Estados Partes\" de la Resolución CGM N° 20/09;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) lo preceptuado por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción sobre la Estructura Institucional del MERCOSUR, Protocolo de Ouro Preto y su Anexo aprobado por la Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995, en el sentido que los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios en el cumplimiento de las normas emanadas de los Órganos del MERCOSUR, previsto por el artículo segundo del referido Protocolo;\r\n\r\n   II) que las normas a incorporar a nuestro Derecho, no contradicen la legislación ni el orden público interno, correspondiendo en cumplimiento a lo preceptuado por los artículos 40 y 42 del citado Protocolo, declarar aplicable al Derecho Interno, la Resolución antes mencionada;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, por el Departamento Jurídico-Notarial, Sección Jurídica y por la Dirección de Asuntos Internacionales, Cooperación y Derecho Internacional Humanitario del Ministerio de Defensa Nacional;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/189-2022/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Declárase aplicable al Derecho Interno, a partir de su publicación en el Diario Oficial, la Resolución MERCOSUR°/GMC/RES N° 01/21, de 26 de julio de 2021, por la cual se sustituye el texto Anexo I \"Nomina de Organismos Coordinadores de los Estados Partes\" de la Resolución GMC N° 20/09, que queda redactado de la siguiente manera: (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/189-2022/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/189-2022/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese y por el Departamento Administración Documental del Ministerio de Defensa Nacional pase a la Dirección Nacional de Pasos de Frontera, a sus efectos. Cumplido, archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - JAVIER GARCÍA - FRANCISCO BUSTILLO " 
 }