FIJACION DE TARIFAS DE SERVICIOS AEROPORTUARIOS. DICIEMBRE 1996. CONSORCIO AEROPUERTOS INTERNACIONALES SA




Promulgación: 03/06/1997
Publicación: 17/06/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 1316
  Visto: estas actuaciones por las cuales Consorcio Aeropuertos
Internacionales S.A. solicita sean aprobadas las tarifas que regirán en el
Aeropuerto Internacional C/C Carlos A. Curbelo a partir del 1ro. de
diciembre de 1996.

   Considerando: que la mencionada solicitud se encuadra en lo establecido
en el literal g) del Anexo A - Tarifas de Servicios Aeroportuarios -del
Contrato de Concesión de Obra Pública suscrito el 9 de diciembre de 1993,
con el Poder Ejecutivo.

   Atento: a lo precedentemente expuesto.


            El Presidente de la República


                                DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase las tarifas que regirán a partir del 1ro. de diciembre de
1996 en el Aeropuerto Internacional C/C Carlos A. Curbelo, por los
servicios que presta Consorcio Aeropuertos Internacionales S.A., que se
detallan:
CONSORCIO AEROPUERTOS INTERNACIONALES.
AJUSTE TARIFAS 1RO. DE DICIEMBRE 1996.
PARAMETRICA DATOS   IPC 30.11.93    8353.3
                    IPC 30.11.96    20762    2.4854
                    TC 30.11.93     4.33
                    TC 30.11.95     8.59     1.9838
                    CPI 30.11.93    145.8
                    CPI 30.09.96    157.8(*) 1.0823
(*) Se toma índice al 30.09.96 por ser el último disponible.
COEFICIENTE DE AJUSTE: 1.2102
TABLA 1: PRECIO POR ATERRIZAJE VUELOS INTERNACIONALES.
PESO DE LA AERONAVE EN TONELADAS    TO   1.12.96
Hasta 10                            49   59.30
Más de 10 hasta 30                  212  256.57
Más de 30 hasta 70                  316  382.43
Más de 70 hasta 170                 474  573.65
Más de 170                          608  735.82
Las operaciones entre las 22 y 30 y las 9 (Hora Greenwich) tendrán un
recargo del 30% (treinta por ciento).
TABLA 2: PRECIO POR ATERRIZAJE VUELOS NACIONALES
Aeronaves extranjeras se regirán por las disposiciones de la Tabla 1.
PESO DE LA AERONAVE EN TONELADAS    TO  1.12.96
Hasta 10                            19  22.99
Más de 10 hasta 30                  85  102.87
Más de 30 hasta 70                  126 152.49
Más de 70 hasta 170                 190 229.94
Más de 170                          243 294.09
Las operaciones entre las 22 y 30 y las 9 (Hora Greenwich) tendrán un
recargo del 30% (treinta por ciento).
   Se considerarán vuelos nacionales a aquellos con salida y destino
dentro del territorio uruguayo.
TABLA 3: PRECIO POR ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES.
El precio de estacionamiento se aplicará a las aeronaves comerciales y
aviación general transcurridas 3 y 1 horas respectivamente de permanencia
en el aeropuerto cobrándose por tal concepto:
a) en plataforma operativa 7% (siete por ciento) del precio del aterrizaje
diurno que corresponde a la aeronave, en vuelo internacional, por hora o
fracción.
b) fuera de plataforma operativa: 3,5% (tres y medio por ciento) del
precio de aterrizaje diurno que corresponde a la aeronave, en vuelo
internacional, por hora o fracción.
TABLA 4: PRECIO SERVICIO DE OMNIBUS INTERNO AL AEROPUERTO.
                                      TO  1.12.96
Por cada viaje de ómnibus U$S         36  43.57
TABLA 5: PRECIO POR SERVICIO DE EMBARQUE.
                                      TO  1.12.96
Pasajeros con cualquier destino U$S  12  14.52
Esta tarifa comenzará a regir una vez inaugurada o reacondicionada la
nueva terminal.
                                      TO  1.12.96
En el interín se cobrará              8   9.68

TABLA 6: PRECIO POR SERVICIOS DE RAMPA
A) VUELOS COMERCIALES.
1) En concepto de atención en plataforma operativa y arrimo y retiro de
escaleras (si corresponde) y carga, descarga y transporte de equipaje.
Peso de la aeronave         Por aterrizaje  Por decolaje
Tonelada                 To     1.12.96    To  1.12.96
Hasta 10                 122    147.65     122 147.65
Más de 10 hasta 70       304    367.91     304 367.91
Más de 70                712    861.68     712 861.68
Para vuelos en tránsito, estas tarifas serán reducidas un 20%
2) Otros servicios (aplicable cada media hora o fracción)   To  1.12.96
Grupo electrógeno 28V cc                                    55  66.56
Grupo electrógeno 115/220V, 400 Hz, 60KVA                   91  110.13
Grupo electrógeno 115/220V, 400 Hz, 90KVA                   146 176.69
Remolque de avión hasta 85 toneladas                        73  88.35
Aire acondicionado de 70T                                   61  73.82
Aire acondicionado de 100 T o más                           116 140.39
Arranque neumático                                          85  102.87
Carga agua potable                                          73  88.35
Calzas                                                      18  21.78
3) Por retiro e incineración de los residuos sólidos se cobrará por plaza
disponible
                                                             1.20    1.45
B) VUELOS CIVILES.
1) Por atención en plataforma operativa (comercial o civil) arrimo y
retiro de escalera (si correspondiere) y servicio de transporte desde y
hasta la aeronave, y carga y descarga de equipaje.          61  73.82
2) Por conexión de arrancador, remolque o grupo electrógeno: se cobrará la
tarifa vigente para vuelos internacionales.
3) Por retiro o incineración de residuos sólidos se cobrará:
                                                               4   4.84
4) Por carga de agua potable                                   36  43.57
Referencias al artículo

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y pase al Comando General de la Fuerza Aérea a
sus efectos. Cumplido, archívese.

SANGUINETTI - RAUL ITURRIA
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