Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto: el decreto del Poder Ejecutivo 111/975 de fecha 4 de febrero de 1975, en el cual se aprobó el Presupuesto por Programas de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y de la Administración Nacional de Telecomunicaciones, para el Ejercicio 1974.
Considerando: que en el mismo se han deslizado algunos errores.
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros.
DECRETA:
Autorizar a la Administración Nacional de Usinas Trasmisiones Eléctricas y a la Administración Nacional de Telecomunicaciones a efectuar las correcciones que se indican a continuación:
Visto: primer párrafo (Pág. 1).
Donde dice: las Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Debe decir: la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Artículo 1.o, 1.a y 2.a líneas (Pág. 1).
Donde dice: Administración General de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Debe decir: Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas.
Programa: 1,1 Distribución de Energía y Operación de Centrales.
Diesel, Rubro 2 Materiales y Arts. de consumo (Pág. 4).
Donde dice: 8.362.457.
Debe decir: 8.962.457
B) Ingresos, Ingresos corrientes, Sector Comunicaciones.
Otros, Pág, 11).
Donde dice: 114:000
Debe decir: 214:000
Art. 4.o e) prestación por Riesgo Quirúrgico y Traumatológico mensual, columna 2.o Semestre (Pág. 12).
Donde está en blanco debe decir: $ 500.
Art. 8.o primera línea (Pág. 13).
Donde dice: Sueldo 1974.
Debe decir: Sueldo 1er semestre 1974.
Art. 13 1.a y 2.a líneas (Pág. 15).
Donde dice: El Directorio de la Administración General de las Usinas y Trasmisiones Eléctricas y los Teléfonos del Estado podrá.
Debe decir: Los Directorios de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas y de la Administración Nacional de Telecomunicaciones podrán.
Art. 13. 7.a línea (Pág. 15).
Donde dice: del Ente.
Debe decir: de dichas Administraciones.
Art. 13, 14.a línea (Pág. 15).
Donde dice: la Administración.
Debe decir: ambas Administraciones.
BORDABERRY.- Coronel HUGO LINARES BRUM.- JUAN CARLOS BLANCO.- ALEJANDRO VEGH VILLEGAS.- WALTER RAVENNA.- DANIEL DARRACQ.- EDUARDO CRISPO AYALA.- ADOLFO CARDOSO GUANI.- JOSE E. ETCHEVERRY STIRLING.- JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO.- HECTOR E. ALBURQUERQUE.- FEDERIDO SONEIRA.