FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. GASEBA URUGUAY S.A. ABRIL 2001




Promulgación: 24/05/2001
Publicación: 31/05/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 1429
VISTO: la solicitud de Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) 
tendiente a que se le autorice un ajuste del 1,15% en sus tarifas, a 
regir a partir del 1º de abril de 2001.

RESULTANDO: que los precios son los que derivan de las variaciones en los 
componentes de costos (índice medio de salarios, valor del tipo de cambio 
y el ajuste realizado en los combustibles) operadas desde el último 
aumento tarifario aprobado con fecha 1º de enero de 2001.

CONSIDERANDO: que el aumento propuesto se compatibiliza con la política 
económica vigente y las normas del Pliego de Bases y Condiciones de la 
respectiva licitación.

ATENTO: a lo informado por el Organismo Técnico de Contralor y la Oficina 
de Planeamiento y Presupuesto, y lo establecido en el Art. 51 de la 
Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 DECRETA:                                 

Artículo 1

 Autorízase a la firma Gaseba Uruguay S.A. (Grupo Gaz de France) un 
ajuste del 1,15% en sus tarifas a regir a partir del 1º de abril de 2001, 
para el gas manufacturado y el gas propano.

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese, etc.

BATLLE - SERGIO ABREU


Ayuda