APORTES PATRONALES A LA SEGURIDAD SOCIAL DE LA INDUSTRIA MANUFACTURERA




Promulgación: 23/05/1995
Publicación: 01/06/1995
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1995
  •    Página: 476
Derogada/o por: Decreto Nº 245/000 de 30/08/2000 artículo 1.
Referencias a toda la norma
 Visto: lo dispuesto por el artículo 25º de la Ley Nº 16.697 de 25 de
abril de 1995 en materia de aportaciones a la seguridad social.

 Resultando: que dicha disposición faculta al Poder Ejecutivo a reducir
hasta en seis puntos porcentuales las tasas de los aportes patronales a
la seguridad social de la industria manufacturera.

 Considerando: I) que la rebaja en las alícuotas de los referidos aportes
constituye una medida que propende a mejorar la competitividad del
sector industrial manufacturero.

 II) que es necesario establecer la forma de determinación del beneficio,
definiendo las actividades comprendidas en el mismo y la forma de cálculo
de las cargas patronales objeto de la rebaja de alícuotas para aquellos
casos en que los contribuyentes desarrollen más de una actividad.

 III) que resulta conveniente establecer la vigencia del régimen
establecido en el presente Decreto hasta el 31 de diciembre de 1995, a los
efectos de realizar una evaluación del mismo, y eventualmente establecer
los correctivos que sean necesarios par su mejor funcionamiento.

 Atento: a lo expuesto.

                      El Presidente de la República

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 4.

Artículo 5

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 5.

Artículo 6

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 6.

Artículo 7

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 7.

Artículo 8

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 187/995 de 23/05/1995 artículo 8.

SANGUINETTI - LUIS MOSCA - FEDERICO SLINGER - ANA LIA PIÑEYRUA
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