El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: lo dispuesto por el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010;
RESULTANDO: que la citada disposición autoriza al Poder Ejecutivo a instancias de los organismos comprendidos en los Incisos 02 al 15 del Presupuesto Nacional, a utilizar créditos de los cargos vacantes a efectos de la transformación de los que se consideren necesarios para su funcionamiento, hasta tanto se apruebe la reestructura organizativa y de puestos de trabajo del Inciso correspondiente;
CONSIDERANDO: I) la solicitud del Ministerio de Relaciones Exteriores;
II) que existe informe previo y favorable de la Oficina Nacional del Servicio Civil, de la Contaduría General de la Nación y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto respecto de las transformaciones de cargos solicitadas;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto en el artículo 62 de la Ley N° 18.719 de 27 de diciembre de 2010 en la redacción dada por el artículo 8 de la Ley N° 19.149 de 24 de octubre de 2013 y a lo preceptuado por el Decreto N° 334/011 de fecha de 21 de setiembre de 2011;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Artículo 1
Autorizar la transformación de los cargos vacantes en los cargos que se proponen en Anexo, correspondientes a la Unidad Ejecutora 001 del Inciso 06 "Ministerio de Relaciones Exteriores", que se considera parte integrante de este decreto.
(*)Notas:
Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 186/018 de
25/06/2018.
TABARÉ VÁZQUEZ - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI