EXTENSION DEL SUBSIDIO MENSUAL DESTINADO A EMPRESAS UNIPERSONALES Y SOCIEDADES DE HECHO SIN DEPENDIENTES BAJO LA MODALIDAD "MONOTRIBUTO SOCIAL MIDES"




Promulgación: 29/06/2020
Publicación: 03/07/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Ley N° 19.877 de 28 de abril de 2020 dictada en ocasión de la pandemia originada por el virus coronavirus COVID 19;

   RESULTANDO: I) que por la misma se creó un subsidio mensual con destino a cada titular de una empresa unipersonal o a cada socio de sociedades de hecho sin dependientes, todas ellas bajo la modalidad "Monotributo social MIDES" que se encontraren inscriptos en dicho régimen al 13 de marzo de 2020, a abonarse durante los meses de abril y mayo de 2020;

   II) que el objetivo medular de la ley fue la imperiosa necesidad de acompañar las medidas sanitarias desplegadas por el Estado como consecuencia de la pandemia, con otras medidas tendientes al mantenimiento del sector productivo y las cadenas de valor, atendiendo a los micro empresarios más vulnerables afectados por la emergencia sanitaria;

   III) que el mismo cuerpo normativo autorizó al Poder Ejecutivo a extender por dos meses más dicha prestación;

   CONSIDERANDO: que la crisis sanitaria aún se mantiene por lo que resulta necesario ampliar las medidas dispuestas, extendiendo el subsidio por dos meses más, esto es durante los meses de junio y julio de 2020;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley N° 19.877 de 28 de abril de 2020;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Extiéndase la prestación a que da lugar el subsidio mensual creado por el artículo 1° de la Ley No. 19.877 por los meses de junio y julio de 2020.

   LACALLE POU LUIS - PABLO MIERES - AZUCENA ARBELECHE - DANIEL SALINAS
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