{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "185" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE LA COMPENSACION POR QUEBRANTOS DE CAJA PARA FUNCIONARIOS PUBLICOS. EJERCICIO 1982" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/06/14/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/05/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/06/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 1095 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: lo dispuesto por el artículo 646, de la ley 14.106, de 14 de\r\nmarzo de 1973, con la redacción dada por el artículo 65, de la ley 14.416,\r\nde 28 de agosto de 1975 y decreto reglamentario 80/976, de 30 de marzo de\r\n1976.\r\n\r\n  Considerando: I) Que el Poder Ejecutivo por expresa comisión de la ley\r\ndebe fijar anualmente el monto a partir del cual se genera el derecho a\r\npercibir el quebranto de caja por los funcionarios que entregan o reciben\r\ndinero en efectivo o valores del Estado asimilables por su naturaleza y\r\nconvertibilidad en efectivo.\r\n\r\nII) Que para fijar la suma a que se hace referencia precedentemente, el\r\nPoder Ejecutivo debe incrementar en esta oportunidad el monto establecido\r\nen el artículo 1º del decreto 150/981, de 26 de marzo de 1981.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la\r\nAsesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n     El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/185-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Fíjase para el Ejercicio 1982, en la suma de N$ 400.000.00 (nuevos\r\npesos cuatrocientos mil) el monto anual a partir del cual los funcionarios\r\nque manejan fondos superiores a esa cifra tendrán derecho a percibir los\r\nbeneficios que determina el artículo 646, de la ley 14.106 de 14 de marzo\r\nde 1973, con la redacción dada por el artículo 65 de la ley 14.416, de 28\r\nde agosto de 1975.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/185-1982/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/185-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - FILIBERTO GINZO GIL - VALENTIN ARISMENDI - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - CARLOS A. MAESO - LUIS A. GIVOGRE - CARLOS MATTOS MOGLIA\r\n- JULIO CESAR ESPINOLA\r\n " 
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