INDUSTRIA MOLINERA. PROHIBICION DE MEZCLAR HARINA DE SORGO Y HARINA DE TRIGO




Promulgación: 06/03/1975
Publicación: 17/03/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1975
  •    Página: 409

Artículo 2

La infracción a lo dispuesto en el presente decreto será penada con las
sanciones establecidas en la ley 10.940, del 19 de setiembre de 1947, y
según sus procedimientos.
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