{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "184" 
  ,"anioNorma" : 1987 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE COEFICIENTES PARA PAGO DE HABERES Y PARTIDAS COMPLEMENTARIAS \r\nDE FUNCIONARIOS DEL SERVICIO EXTERIOR. ABRIL 1987" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1987/06/03/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "31/03/1987" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/06/1987" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1987 
  ,"pagina" : 494 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/184-1987?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "     Visto: la necesidad de modificar los coeficientes establecidos por el\r\ndecreto 691/986 del 28 de octubre de 1986.\r\n\r\n    Resultando: I) Que el artículo 64 de la ley 12.801 de 30 de noviembre\r\nde 1960 faculta al Poder Ejecutivo a determinar periódicamente el\r\ncoeficiente a aplicar a cada país;\r\n\r\n II) Que el decreto del Poder Ejecutivo 369/972 de 30 de mayo de 1972,\r\ndispone que el Ministerio de  Relaciones Exteriores porpondrá las\r\nmodificaciones en los coeficientes  que surjan de las variaciones\r\nregistradas en la clasificación de países de las Naciones Unidas;\r\n\r\n III) Que el artículo 48 del decreto ley 15.167 de 6 de agosto de 1981\r\nestablece que los coeficientes variarán de 0.65 a 2.00 en fracciones de\r\n0,01 ajustándose a las escalas de los Organismos Internacionales.\r\n\r\n    Considerando: I) Que de la clasificación de países de las Naciones\r\nUnidas, correspondientes al mes de febrero de 1987 surge la necesidad de\r\nuna revisión de los coeficientes para el pago de los haberes y partidas\r\ncomplementarias asignadas a los funcionarios del Servicio Exterior de la\r\nRepública;\r\n\r\n II) Que las variaciones registradas en la clasificación precitada se\r\nrefiere a modificaciones del costo de vida y de sistemas cambiarios en\r\npaíses en donde la República tiene su Representación;\r\n\r\n III) Que es necesario a efectos de mantener los servicios a nivel de\r\nfuncionamiento mínimo y eficiente, la readaptación de los coeficientes\r\nactualmente en vigencia,\r\n\r\n                   El Presidente de la República\r\n\r\n                             DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/184-1987/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Fíjase para el pago de los haberes y partidas complementarias a que\r\ntengan derecho los funcionarios del Servicio Exterior, los siguientes\r\ncoeficientes:\r\n\r\n    País               Coeficiente\r\n\r\nAlemania Democrática     1.13\r\nAlemania Federal         1,61\r\nArabia Saudita           1,46\r\nArgelia                  1,36\r\nArgentina                1,13\r\nBuenos Aires             1,29\r\nAustralia                1,14\r\nAustria                  1,58\r\nBahamas                  1,46\r\nBELGICA                  1,57\r\nBolivia                  1,41\r\nBrasil                   0,91\r\nBrasilia                 1,07\r\nRío de Janeiro           1,07\r\nPorto Alegre             0,96\r\nCuritiba                 0,96\r\nSantos                   0,96\r\nSan Pablo                1,07\r\nBulgaria                 1,27\r\nCanadá                   1,18\r\nColombia                 1,04\r\nCorea del Sur            1,46\r\nCosta de Marfil          1,72\r\nCosta Rica               1,13\r\nCuba                     1,18\r\nChecoslovaquia           1,13\r\nChile                    1,04\r\nChina Nacionalista       1,31\r\nDinamarca                1,62\r\nDominicana RPCA          1,13\r\nEcuador                  1,10\r\nEgipto                   1,31\r\nEl Salvador              1,13\r\nEspaña                   1,38\r\nEstados Unidos           1,37\r\nNueva york               1,38\r\nFrancia                  1,42\r\nParís                    1,49\r\nGabón                    1,44\r\nGran Bretaña             1,40\r\nGrecia                   1,21\r\nGuatemala                1,23\r\nHonduras                 1,29\r\nHong Kong                1,23\r\nHungría                  0,98\r\nIndia                    1,14\r\nIrán                     1,77\r\nIraq                     1,55\r\nIsrael                   1,22\r\nItalia                   1,43\r\nJapón                    2,00\r\nJordania                 1,40\r\nKenia                    1,10\r\nLibano                   1,13\r\nMarruecos                1,10\r\nMéxico                   1,02\r\nNicaragua                1,10\r\nNigeria                  1,10\r\nPaíses Bajos             1,56\r\nPanamá                   1,37\r\nParaguay                 1,07\r\nPerú                     1,19\r\nPolonia                  0,98\r\nPortugal                 1,19\r\nRumania                  1,35\r\nSanta Sede               1,43\r\nSud Africa               0,82\r\nSuecia                   1,42\r\nSuiza                    1,79\r\nU.R.S.S.                 0,84\r\nVenezuela                1,04\r\nYugoslavia               1,13 (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/184-1987/3\" >3</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/184-1987/2" 
 ,"textoArticulo" : "     La modificación de los coeficientes dispuesta no afectará la Partida\r\nde Contratación de Auxiliares ni las Partidas para los Gastos que reciban\r\nlas Embajadas y Consulados.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/184-1987/3" 
 ,"textoArticulo" : "     Los coeficientes que se fijan por el artículo primero del presente\r\nDecreto, tendrán vigencia a partir del primer día del mes de abril de\r\n1987.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/184-1987/4" 
 ,"textoArticulo" : "     Dése cuenta a la Asamblea General previo informe del Tribunal de\r\nCuentas de la República.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/184-1987/5" 
 ,"textoArticulo" : "     Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - LUIS MOSCA\r\n " 
 }