El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 3
(Integración) La Comisión se conformará con dos comités:
3.1 Comité de Gestión: integrado por el Presidente de la República y los Ministros de Ganadería, Agricultura y Pesca, Ambiente, Economía y Finanzas e Industria, Energía y Minería.
3.2 Comité Operativo: integrado por un representante titular y un suplente de idénticos organismos, designados por el Comité de Gestión.