DETERMINACION DEL FINANCIAMIENTO POR LA REALIZACION DE ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS DE SARS COV2 (COVID 19), PARA INTEGRANTES DE LA NOMINA NACIONAL DE PROVEEDORES HABILITADOS
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Artículo 6
Compete al Ministerio de Salud Pública efectuar las auditorías y controles necesarios garantizando que la prestación de los servicios diagnósticos se efectúe a ciclo completo, de acuerdo a las condiciones contractuales determinadas en el marco del régimen especial previsto en el Decreto N° 60/021.