DETERMINACION DEL FINANCIAMIENTO POR LA REALIZACION DE ESTUDIOS DIAGNÓSTICOS DE SARS COV2 (COVID 19), PARA INTEGRANTES DE LA NOMINA NACIONAL DE PROVEEDORES HABILITADOS




Promulgación: 14/06/2021
Publicación: 22/06/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   El monto que por servicios diagnósticos prestados a ciclo completo corresponda abonar a quienes integren la Nómina Nacional de Proveedores Habilitados compete a la Dirección General de Secretaría del Ministerio de Salud Pública y será determinado en las correspondientes órdenes de compra. Su pago sólo podrá hacerse efectivo previa conformación de las facturas por parte de dicha Secretaría de Estado.
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