REGLAMENTACION DE LA LEY 18.407 LEY DE COOPERATIVAS Y DEROGACION DEL DECRETO 198/012




Promulgación: 15/06/2018
Publicación: 27/06/2018
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.407 de 24/10/2008.

TÍTULO III

CAPÍTULO I - DE LA PROMOCIÓN Y CONTROL ESTATAL DE LAS COOPERATIVAS

Artículo 110

   (Alcance y procedimiento de la visación). La Auditoría Interna de la Nación, sin perjuicio de las facultades de los demás órganos de contralor, fijará los procedimientos aplicables para realizar la visación, pudiéndo establecer diferentes criterios de acuerdo a la clase de cooperativa y el informe profesional emitido por contador público que acompañe los estados contables.
   La Auditoría deberá controlar como mínimo los siguientes aspectos:
   a)   adecuación de los estados contables presentados a las normas
        contables vigentes;
   b)   cumplimiento de las normas y criterios técnicos establecidos por
        la Auditoría referido a modelos de planes de cuenta y formato de
        presentación de estados contables.
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