AUTORIZACION DE PARTIDA PRESUPUESTAL PARA FUNCIONAMIENTO DE CENTRO DE COMPUTOS. CGN




Promulgación: 28/03/1979
Publicación: 26/04/1979
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: las gestiones oportunamente promovidas por la Contaduría
General de la Nación por las que da cuenta de las obligaciones contraídas
a efectos de perfeccionar los servicios prestados por su Centro de
Computación.

   Considerando: que el artículo 167 de la ley 14.416 de 28 de agosto de
1975 faculta al Poder Ejecutivo a financiar las carencias del citado Centro con cargo a Rentas Generales.

   Atento: a lo expuesto,

   El Presidente de la República

                                DECRETA:

Artículo 1

   Autorízase al Ministerio de Economía y Finanzas a poner a disposición
de la Contaduría General de la Nación la cantidad de N$ 1:500.000 (nuevos
pesos un millón quinientos mil), que se radicará en la Cuenta "Tesoro
Nacional-Cuentas Corrientes Oficiales-Contaduría General de la Nación,
ley 14.416 de 28 de agosto de 1975 artículo 167", para atender al
funcionamiento del Centro de Computación.

MENDEZ.- VALENTIN ARISMENDI.
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