{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "183" 
  ,"anioNorma" : 1969 
  ,"nombreNorma" : "MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CAMINOS RURALES" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1969/04/21/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/04/1969" 
  ,"fechaPublicacion" : "21/04/1969" 
  , "vistos" : " Establécese que el Ministerio de Obras Públicas tendrá a su cargo la administración de los fondos para la ejecución y/o mantenimiento de \r\ncaminos de penetración en zonas rurales, autorizados por las Leyes Nos. 13.640 de 26 de diciembre de 1967 y 13.737 de 9 de enero de 1969. " 
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