APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 31/18. REQUISITOS ZOOSANITARIOS DE LOS ESTADOS PARTES PARA LA IMPORTACION DE HUEVOS PARA INCUBAR DE AVES DE CORRAL Y AVES DE CORRAL DE UN DIA Y EL MODELO DE CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
Derogada/o por: Decreto Nº 363/023 de 14/11/2023 artículo 3.
VISTO: lo dispuesto por el Tratado de Asunción; el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución GMC N° 31/18, de 5 de setiembre de 2018;
RESULTANDO: por la mencionada Resolución se aprueban los requisitos zoosanitarios para la importación de huevos para incubar de aves de corral y aves de corral de un día y el Modelo de Certificado Veterinario Internacional de los Estados Partes del MERCOSUR;
CONSIDERANDO: I) la adopción de la referida Resolución, facilitará el intercambio comercial entre los Estados Partes del MERCOSUR, sin afectar la condición sanitaria en el ámbito nacional y regional;
II) en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 de la Resolución GMC de referencia, corresponde derogar el Decreto N° 256/996, de 26 de junio de 1996, por el cual se incorporó al Derecho Positivo Nacional por Resolución N° 10/96, de 26 de junio de 1996;
III) de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995 - los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el referido Protocolo;
IV) necesario por tanto, incorporar al Derecho Positivo Nacional, la Resolución MERCOSUR/GMC/RES. N° 31/18, de 5 de setiembre de 2018;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA: