{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "182" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "PATENTE DE RODADOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/06/07/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "27/05/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/06/1982" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1982 
  ,"pagina" : 1205 
  } 
  ,"vistos" : "      Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Canelones por la\r\ncual se propone el establecimiento de la base imponible para la Patente de\r\nRodados para determinados modelos de vehículos.\r\n\r\n     Resultando: que la finalidad perseguida no es otra que la de llenar\r\nun vacío en la determinación de los valores.\r\n\r\n     Considerando: I) Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el\r\ninciso b) del artículo 5º del Decreto Constitucional Nº 3, de 1º de abril\r\nde 1976;\r\n\r\n     II) Que la propuesta efectuada no ha merecido observaciones de la\r\nSecretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ni del Tribunal de\r\nCuentas.\r\n\r\n     Atento: a lo expuesto precedentemente y a lo informado por la\r\nAsesoría Económico-Financiera y Jurídica del Ministerio de Economía y\r\nFinanzas,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Autorízase a la Intendencia Municipal de Canelones para aplicar las\r\nnormas que se detallan en los artículos siguientes, para determinar el\r\nvalor imponible para el cálculo del tributo de Patente de Rodados de los\r\nvehículos modelos posteriores a la fecha de emisión de la Tabla de Valores\r\ndel Banco de Seguros del Estado del mes de noviembre de 1979.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Los vehículos automotores que no estén comprendidos en la Tabla del\r\nBanco de Seguros del Estado, de noviembre de 1979, por ser modelos de 1980\r\ny posteriores, tributarán la Patente de Rodados sobre la Base de la Tabla\r\nde Valores que para los mismos haya fijado la Intendencia Municipal de\r\nMontevideo, para el Ejercicio 1981.  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/182-1982/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "    Los modelos nuevos, no comprendidos en dichas tablas serán aforados en\r\nbase a las listas oficiales de precios de las firmas armadoras o\r\nimportadoras.  (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/182-1982/4\" >4</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Cuando los valores fijados por la Tabla del Banco de Seguros del Estado,\r\nde noviembre de 1979 sean superiores para vehículos de igual marca y\r\ncaracterísticas a los que resultan de las normas subsidiarias de los\r\nartículos 2º y 3º de este decreto, se aplicarán los valores de estas\r\núltimas.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/5" 
 ,"textoArticulo" : "   Los criterios de aforo así dispuestos serán válidos para la liquidación\r\ndefinitiva de la Patente de Rodados del Ejercicio 1981 y de todo otro\r\ntributo que en ese ejercicio recaiga sobre vehículos, tales como\r\nempadronamientos, reempadronamientos, etc.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/6" 
 ,"textoArticulo" : "   Las presentes normas entrarán en vigencia conjuntamente con el\r\nPresupuesto General Municipal del Ejercicio 1981 aprobado por decreto\r\n382/981, de 5 de agosto de 1981.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/182-1982/7" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI - YAMANDU TRINIDAD\r\n " 
 }