MODIFICACION DEL ART. 542 DE LA LEY 19.924 (LEY DE PRESUPUESTO)




Promulgación: 11/06/2021
Publicación: 22/06/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión iniciada por el Poder Judicial, solicitando efectuar las correcciones de los errores u omisiones en el artículo 542 de la Ley de Presupuesto N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020;

   RESULTANDO: que, durante el proceso de formulación del presupuesto, en el inciso cuarto del referido artículo 542, se incluyeron 8 (ocho) cargos más de los financiados por las partidas anuales aprobadas en el inciso segundo del mismo artículo y se denominó el cargo "Auxiliar II" en forma errónea como "Alguacil II";

   CONSIDERANDO: que el artículo 5° de la Ley N° 19.924, de 18 de diciembre de 2020, autoriza al Poder Ejecutivo a efectuar las correcciones de los errores u omisiones que se comprueben en el Presupuesto Nacional, debiendo dar cuenta previamente a la Asamblea General, quien dispone de un plazo de quince días para expedirse al respecto;

   ATENTO: a lo informado la Contaduría General de la Nación, a la Unidad de Presupuesto Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas y a la no objeción de la Asamblea General a efectuar la corrección solicitada;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                    actuando en Consejo de Ministros,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   (*)

(*)Notas:
Este artículo efectuó correcciones numéricas y/o formales a: Ley Nº 19.924 
de 18/12/2020 artículo 542 inciso 4º).

Artículo 2

   Dese cuenta a la Asamblea General.

Artículo 3

   Pase por su orden a la Contaduría General de la Nación y a la Unidad de Presupuesto Nacional del Ministerio de Economía y Finanzas.

Artículo 4

   Comuníquese y publíquese. Cumplido, archívese.

   LACALLE POU LUIS - LUIS ALBERTO HEBER - FRANCISCO BUSTILLO - AZUCENA ARBELECHE - JAVIER GARCÍA - PABLO DA SILVEIRA - JUAN OLAIZOLA - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - DANIEL SALINAS - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - MARTÍN LEMA - ADRIAN PEÑA
Ayuda