{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "18" 
  ,"anioNorma" : 1994 
  ,"nombreNorma" : "ELIMINACION DE TASA POR EXPEDICION DE LISTADOS INFORMATIVOS - PROGRAMA DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1994/01/27/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/01/1994" 
  ,"fechaPublicacion" : "27/01/1994" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1994 
  ,"pagina" : 108 
  } 
  ,"vistos" : "     Visto: Lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo Nro. 162/992 de\r\n24 de abril de 1992.\r\n\r\n    Resultando: que por el mismo se fija el monto de la tasa creada por el\r\nartículo 296 de la Ley 16.170 de 28 de diciembre de 1990, cuyo producido\r\nse vertía al Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD),\r\ncomo contribución del Estado al Convenio de Mejora de los Servicios\r\nsuscrito entre el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, y la\r\nAsociación Uruguaya de Agentes de la Propiedad Industrial y el Estado.\r\n\r\n    Considerando: que de acuerdo con lo establecido en el Art. 2do. la\r\nvigencia de la referida tasa debía extenderse hasta la cancelación del\r\nConvenio citado, el que expira el 2 de enero de 1994.\r\n\r\n    Atento: a lo precedentemente expuesto y a lo aconsejado en el marco\r\ndel Programa Nacional de Desburocratización.\r\n\r\n    El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/18-1994/1" 
 ,"textoArticulo" : "     Derógase, a partir del 31 de diciembre de 1993, el Decreto Nº 162/992\r\nde 24 de abril de 1992.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/18-1994/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
 }