COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA - TASA GLOBAL ARANCELARIA




Promulgación: 08/01/1992
Publicación: 07/02/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 41
  Visto: el artículo 1º del decreto de fecha 7 de enero de 1992, que
modificó el texto del artículo 4º del decreto 589/991 de 6 de noviembre de
1991 que impuso una modificación de Tasa Global Arancelaria para las
importaciones de azúcar crudo.

  Considerando: que es necesario precisar los alcances de la citada
modificación.

  Atento: a lo dispuesto por los artículos 2º de la ley 12.670, de 17 de
diciembre de 1959, 524 del decreto ley 14.189 de 30 de abril de 1974 y 4º,
inciso B) y 27 del decreto ley 14.629, de 5 de enero de 1977 y el decreto
523/990, de 14 de noviembre de 1990,

  El Presidente de la República

                                   DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:
Este artículo dio nueva redacción a: Decreto Nº 589/991 de 06/11/1991 
artículo 4.

Artículo 2

  El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en
dos diarios de la Capital.

Artículo 3

  Dése cuenta a la Comisión Permanente.

Artículo 4

  Comuníquese, publíquese en dos diarios de la Capital, etc.

LACALLE HERRERA - ENRIQUE BRAGA SILVA - AUGUSTO MONTESDEOCA - PEDRO
SARAVIA
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