APROBACION DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL DE LA INTENDENCIA MUNICIPAL DE LAVALLEJA. EJERCICIO 1980




Promulgación: 09/01/1980
Publicación: 29/01/1980
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1980
  •    Página: 36
   Visto: la gestión de la Intendencia Municipal de Lavalleja (Intendencia
Municipal y Junta de Vecinos) por la cual propone al Poder Ejecutivo una
modificación presupuestal para el ejercicio 1979.

   Resultando: que estas ampliaciones presupuestales cuentan con la
aprobación de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y el
Acuerdo del Tribunal de Cuentas de la República de fecha 22 de noviembre
de 1979.

   Considerando: que de no recaudarse los recursos previstos deberán
abatirse gastos a los efectos de mantener el equilibrio presupuestal.

   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación
y Difusión y a lo acordado por el Tribunal de Cuentas de la República,

   El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Apruébase la modificación presupuestal propuesta por la Intendencia
Municipal de Lavalleja (Intendencia Municipal y Junta de Vecinos) cuyos
montos quedan fijados en N$ 17:042.200.00 (diecisiete millones cuarenta y
dos mil doscientos nuevos pesos).

 Los mismos presentarán la siguiente composición:

EGRESOS: (en miles de nuevos pesos)


                                             Vigente        Proyectado
                                             -------        ----------

Retribuciones personales..................     4.487           6.694.5
Beneficios y cargas sociales..............       952           1.929.5
                                              ------          --------
Subtotal..................................     5.439           8.624
Gastos de funcionamiento..................     3.528           4.472.2
Inversiones...............................     1.794           3.946
                                              ------          --------
Total.....................................    10.761          17.042.2
                                              ------          --------

INGRESOS: (en miles de nuevos pesos)

                                             Vigente        Proyectado
                                             -------        ----------

Cont. Inmob. Rural........................     1.700           2.800
Cont. Inmob. Urbana.......................     1.100           1.800
Adic. Cont. Inmob. Urbana.................       687           1.150
Patente de Rodados........................     1.275           2.000.2
Imp. a los Remates........................     2.800           4.300
Tasa de Faena.............................       320             960
Tasa de Expedición........................       250             300
Tasa Bromatológica........................       200             500
Tasa de Pavimento y Bituminoso............       250             375
Contrib. por mejoras......................       432             655
Otros recursos............................     1.746           2.202
                                              ------          --------
Total.....................................    10.761          17.042.2
                                              ------          --------

Artículo 2

   En caso de no recaudarse la totalidad de los recursos previstos deberán
abatirse gastos en forma proporcionada a efectos de mantener el equilibrio
presupuestal.

Artículo 3

   Los beneficios sociales de Asignación Familiar y Hogar Constituido,
deben adecuarse a lo dispuesto para la Administración Central, de acuerdo
con el apartado e) del artículo 5º del decreto constitucional 3/976.

Artículo 4

   Permanecen en vigencia todas las disposiciones presupuestales no
mencionadas expresamente en la presente modificación.

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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