Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 4
Los repartos de las Agencias que por fallecimiento, renuncia o suspensión de sus titulares, efectuara la Dirección de Loterías y Quinielas, tendrán carácrer provisorio, hasta que el Poder Ejecutivo resuelva en su oportunidad.