JUEGOS DE AZAR. LOTERIA. AGENTES DE LOTERIA




Promulgación: 22/04/1981
Publicación: 08/05/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Cuando se emitan loterías con emisiones de 22 y 23 millares, la Dirección de Loterías y Quinielas dispondrá de una reserva de un millón en cada caso, para distribuir entre los Agentes designados, y de acuerdo a las exigencias del mercado, dando cuenta al Ministerio de Economía y Finanzas.
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