VISTO: La solicitud formulada por el Consejo de Capacitación Profesional,
a efectos de completar la designación de los integrantes honorarios de
dicho Consejo.
CONSIDERANDO: Las designaciones propuestas por el Ministerio de
Ganadería, Agricultura y Pesca, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto,
la Universidad de la República, la Cámara de Industrias del Uruguay y la
Asociación Rural del Uruguay.
ATENTO: A lo dispuesto en el art. 3 del D-Ley 14.869 de 23 de febrero de
1979 y arts. 1 y 3 del Decreto 359/79,
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA, actuando en Consejo de Ministros,
DECRETA:
Artículo 1
Desígnase para integrar en forma Honoraria el Consejo de Capacitación
Profesional al Técnico Agrimensor Eduardo del Rey, en representación del
Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a la Lic. Norma Martínez,
en representación de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, al Ing.
Daniel Schenzar, en representación de la Universidad de la República, al
Sr. Enrique Clerici, en representación de la Cámara de Industrias del
Uruguay y al Cdor. Héctor Alvarez, en representación de la Asociación
Rural del Uruguay.
BATLLE - DANIEL BORRELLI - DIDIER OPERTTI - ALVARO ROSSA - YAMANDU FAU -
LEONARDO GUZMAN - LUCIO CACERES - JOSE VILLAR - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA