{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "178" 
  ,"anioNorma" : 1993 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR - NOMENCLATURA ARANCELARIA\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1993/05/07/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/04/1993" 
  ,"fechaPublicacion" : "07/05/1993" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1993 
  ,"pagina" : 341 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: los  decretos 494/990  de 29 de octubre de 1990, por el cual se\r\nprohibe la  importación de  determinados chassis  y  carrocerías  para\r\nvehículos automotores  y 583/990 de 18 de diciembre de 1990 por el que se\r\nprohibe  la importación  de motociclos, velocípedos, partes, piezas\r\nsueltas y accesorios.\r\n\r\n   Considerando: que a la fecha no se ha resuelto totalmente la situación\r\nque motivara el dictado de las normas referidas en el Visto.\r\n\r\n   Atento: a  lo dispuesto  por el  literal c)  del Inciso  2º de  la ley\r\n12.670 de 1º de diciembre de 1959,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                               DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/178-1993/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Prorrógase  por  180  días  (ciento  ochenta  días)  la prohibición de\r\nimportación de los bienes a que refiere el artículo 1 del decreto 494/990\r\nde  29  de  octubre  de  1990  y  disposiciones concordantes y\r\ncomplementarias, con  las mismas  responsabilidades  y consecuencias\r\nestablecidas  por  los  artículos 2 y 3 del mismo Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/178-1993/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Prorrógase por 180 días (ciento ochenta días) la prohibición de\r\nimportación  de bienes  a que se refiere el artículo 1 del decreto\r\n583/990 de  18 de  diciembre de  1990 y  disposiciones concordantes  y\r\ncomplementarias.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/178-1993/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El presente  Decreto entrará  en vigencia  a partir  de  su publicación\r\nen dos diarios de circulación nacional.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/178-1993/4" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - EDUARDO ACHE - IGNACIO DE POSADAS MONTERO - JUAN CARLOS RAFFO\r\n " 
 }